martes, 29 de julio de 2008

TIPOS DE ACUERDOS COMERCIALES

¿Qué es un Acuerdo Comercial?



Es un entendimiento bilateral o multilateral entre estados, cuyo objeto es armonizar los intereses respectivos de los nacionales de las partes contratantes y aumentar los intercambios comerciales.
Convenio, tratado o cualquier otro acto vinculante por el cual dos o más naciones se comprometen a acatar condiciones específicas en su intercambio comercial, lo cual incluye de ordinario concesiones mutuamente benéficas.


Existen dos tipos de acuerdos comerciales:


De Cooperación internacional: Es un sistema mediante el cual se asocian varios estados con el fin de alcanzar determinados objetivos comunes que responden a sus intereses solidarios, sin que la acción emprendida, ni las medidas adoptadas para alcanzarlos, afecten esencialmente a sus jurisdicciones o a sus prerrogativas de estado soberano.


De Integración internacional: Es un sistema por el que se unen varios estados, aceptando no hacer valer unilateralmente sus jurisdicciones y delegando su ejercicio en una autoridad supranacional, en la que se opera la fusión de sus intereses, y a cuyas decisiones aceptan someterse mediante el control y los procedimientos adecuados, para todo aquello que se refiera al sector de actividad encomendado a la alta autoridad.

Tipos de Acuerdos Económicos Internacionales


Acuerdos Regionales


Ø ALADI (Asociación Latinoamericana de Integración)
Ø ALCA (Área de Libre Comercio de las Americas)


Compromisos Multilaterales


Ø APEC (Foro de Cooperación Económica del Asia-Pacífico)
Ø OMC (Organización Mundial de Comercio)
Ø OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico)


Acuerdos Bilaterales


Ø Acuerdos de Alcance Parcial
Ø Acuerdo de Complementación Económica
Ø Tratados de Libre Comercio
Ø Acuerdo de Asociación Económica


Estados Unidos


Políticas de importación


Ley de Bioterrorismo
• Registro de Establecimientos
• Aviso previo de importación
• Mantención de registros o archivos
• Detención Administrativa de embarques de Alimentos



Reglamentos Técnicos y Medidas sanitarias


• Etiquetado obligatorio de países de origen de los alimentos (COOL)


Defensa Comercial
• Derechos Anti-dumping y compensatorio
• Enmienda Byrd

Unión Europea


Políticas de importación


• Permisos de Importación en Hungría


Reglamentos Técnicos y Medidas sanitarias


• Restricciones a la harina de pescado
• Medidas sanitarias a la harina y aceite de pescado
• Sistema REACH
• Trazabilidad de los Alimentos


Pasos en un proceso de negociación



Pensar en la negociación ideal es pensar en una utopía. Sin embargo, cuando se lleva a cabo, siempre alguien gana un poco más que el otro y establecer los estándares para una buena negociación es muy factible, al igual que mejorar cada vez más nuestras acciones y estrategias en el dominio del arte de negociar y que ambas partes salgan ganando.


Los pasos a seguir para poder pronosticar con mayor precisión resultados esperados de la negociación exitosas de las partes son:


1) Buscar información a detalle de la otra parte.

2) Analizar a fondo por que nos necesita el otro.

3) Investigar que ofrece la competencia y como podemos superar la oferta.

4) Averiguar el "timing" del trato, ¿qué tan urgente es para nuestro cliente?

5) Asegurar que tenemos todos los puntos críticos de los tomadores de decisión del cliente y de nuestra empresa (venta interna).

6) Tener referencia de casos exitosos con otros clientes de proyectos o situaciones similares.

7) Tener un plan de pagos bien definidos.


Otros pasos a seguir:
PASO 1. CONOCERSE: Planeo conocer a la parte con la que negociare. Mi objetivo será tener una interacción inicial amistosa, tranquila y en términos comerciales.
PASO 2. EXPRESAR METAS Y OBJETIVOS: Espero compartir mis metas y objetivos con la otra parte. Al mismo tiempo, espero enterarme de las metas y objetivos de la otra parte. Si es posible, que la atmósfera durante este paso sea de cooperación y confianza mutua
PASO 3. INICIO DEL PROECESO DE NEGOCIACION: Para iniciar el proceso surgirán temas específicos a tratar. Planeó estudiarlos todos antes que las negociaciones empiecen a determinar si me sería ventajoso delimitarlos o combinarlos. Una vez hecho esto, puedo tratarlos uno por uno.
PASO 4. EXPRESIONES DE DESACUERO Y CONFLICTO: Una vez definidos los temas a tratar, es esencial expresar las áreas de desacuerdo o conflicto. Solamente cuando se haya hecho esto será posible resolver las diferencias de tal manera que resulte aceptable para ambas partes.
PASO 5. REEVALUACION Y CONCESION: La clave del éxito en cualquier negociación es el momento en que ambas partes evalúan de nuevo sus posiciones y determinan el nivel de concesión que les resulta aceptable. Durante este paso planeo recordar el principio de dar y recibir.
PASO 6. ACUERDO DE PRINCIPIO O ARREGLO: El paso final se da cuando ambas partes confirman cualquier convenio que hayan tenido. Planeo asegurarme de que no haya después malentendidos poniendo por escrito los acuerdos y compartiéndolos con la otra
3. Normas legales para una negociación Nacional e Internacional
REGLAMENTO DE AGENTES DE INTERMEDIACIÓN Resolución CONASEV N° 0045-2006-EF/94.10
TERMINOS Para los fines del presente Reglamento, los términos siguientes tienen el alcance que se indica:1. Agente: Agente de intermediación a que se refiere la Ley del Mercado de Valores, y sus modificatorias.2. Bolsa: Bolsa de Valores.3. CONASEV: Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores.4. Cuenta Global: Cuenta administrada por el Agente únicamente para el control de operaciones de clientes en mercados extranjeros y para colocaciones, que figurando a su nombre, agrupa a clientes que son los titulares finales de los derechos u obligaciones relacionados con dicha cuenta.5. Deuda subordinada: Obligación o préstamo no garantizado a cargo del Agente, que no puede pagarse antes de su vencimiento, el que debe ser de por lo menos 2 años y que otorga a sus acreedores un derecho de prelación de pago sólo superior al de sus accionistas en caso de liquidación del Agente.6. Diario Oficial: Diario "El Peruano", en la capital de la República, y el diario encargado de las publicaciones judiciales en los demás lugares.7. Días: Días hábiles.8. Estados Financieros Básicos: Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y Estado de Flujos de Efectivo. Estos comprenden a las Notas a los Estados Financieros y Anexos de Control.9. Fondo de Garantía: Aquel al que se refiere el artículo 158 de la Ley del Mercado de Valores, y sus modificatorias.10. Grupo Económico: El que resulte de la aplicación del reglamento de la materia, aprobado por CONASEV.11. Instrumentos Financieros: Aquellos que representan o incorporan derechos patrimoniales o crediticios. Para efectos de lo establecido en el presente Reglamento, comprende a los instrumentos financieros que califican como títulos valores, según la Ley de Títulos Valores, y a los valores e instrumentos financieros extranjeros.12. Ley: Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861, y sus modificatorias.13. Mecanismo centralizado: Mecanismo centralizado de negociación de valores o de instrumentos financieros.14. Mercado: Mercado de valores.15. Mercado Primario de Valores e Instrumentos Financieros: Aquel en el que se colocan nuevos valores o instrumentos financieros emitidos por emisores nacionales o extranjeros.16. Mercado Secundario de Valores e Instrumentos Financieros: Aquel en el que se transfieren valores o instrumentos financieros que fueron colocados previamente.17. NIIFs: Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por el International Accounting Standards Board - IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad), oficializadas y puestas en vigencia en el Perú, por el Consejo Normativo de Contabilidad.18. Operación al contado: Aquella cuya liquidación de valores o instrumentos financieros y de fondos, se produce dentro de los tres (3) días de efectuada.19. Personas vinculadas: Las personas con vinculación, de acuerdo con los criterios establecidos en el reglamento de la materia, aprobado por CONASEV.20. Registro: El Registro Público del Mercado de Valores.21. Registros Públicos: Aquellos que integran el Sistema Nacional de los Registros Públicos.22. Representante: Persona natural debidamente autorizada como tal, que en representación del Agente es la única facultada para realizar una o más de las operaciones señaladas en los incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), k), p), q), s) y t), del artículo 194 de la Ley para el caso de sociedades agentes, ó incisos a), b), c), d), e), f) e i), del artículo 207 de la Ley, para el caso de sociedades intermediarias.
23. Riesgos de Operación: Posibilidad de pérdidas financieras del Agente por la deficiencia o falla en sus procesos y sistema de control interno, en la tecnología y sistemas de información que utiliza, en las personas o por eventos externos adversos.24. Sociedad Agente: Sociedad agente de bolsa.25. Sociedades de Auditoría: Sociedades de Auditoría Externa que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento.26. Sociedad Intermediaria: Sociedad intermediaria de valores.27. Superintendencia: Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.28. Valores: Valores mobiliarios.29. Valores e Instrumentos Financieros Extranjeros: Los emitidos por emisores extranjeros o por emisores constituidos en el país y que han sido colocados o admitidos a negociación en el extranjero.30. Valores e Instrumentos Financieros Nacionales: Aquellos emitidos por emisores constituidos en el país y que han sido colocados o admitidos a negociación en el país.31. Trimestres: Los periodos de tres (03) meses comprendidos de enero a marzo, de abril a junio, de julio a septiembre y de octubre a diciembre de cada año.



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